Paraguay: Entrada como Residente Temporal Otoño 2025
Nos gustaría compartir algunas actualizaciones importantes sobre la entrada al territorio paraguayo para mantenerlos completamente informados. Monitoreamos continuamente los desarrollos y transmitimos cualquier información valiosa que pueda impactarlos.
Este tema ha sido ampliamente discutido en las últimas semanas. A continuación, presentamos nuestras perspectivas expertas, preparadas en consulta con el Departamento Legal de Migraciones de Paraguay.
Actualizaciones Oficiales
Basado en la consulta con el Departamento Legal de la Dirección Nacional de Migraciones, confirmamos que en 2025 solo se emitió una resolución:
Resolución N° 124/2025
- Deroga la Resolución N° 1249/2024, que previamente establecía que la entrada y salida de Paraguay no serían consideradas para solicitudes de residencia permanente.
- Proporciona claridad respecto a los documentos requeridos para probar solvencia económica (existen varias categorías; detalles compartidos de forma privada para residentes).
Punto clave: Esta resolución no establece nada sobre un registro de movimientos migratorios para cambiar de categoría de residencia (Temporal → Permanente).
Residencia Temporal → Permanente: Lo que Necesitas Saber
- La Resolución 124/2025 no introduce nuevos requisitos de entrada/salida.
- Los funcionarios de migraciones no han confirmado que ahora sean necesarios registros de entrada y salida.
- Aunque la Resolución 1249/2024 fue derogada, los requisitos para la transición permanecen esencialmente iguales - por ahora.
Contexto Legal
- La Ley N° 6984/2022 sobre Migraciones establece las condiciones para la residencia permanente.
- La ley establece claramente: los residentes temporales no deben estar fuera de Paraguay por más de 365 días.
- La Resolución 1249/2024 regulaba esto, derogada por la 124/2025.
- Incluso sin presentación formal, la institución tiene acceso interno a los datos de cruces fronterizos porque son emitidos por la misma institución - Dirección Nacional de Migraciones.
Consejo: El conocimiento de registros internos significa que los funcionarios siempre pudieron verificar el cumplimiento incluso si no presentas el documento.
Recomendaciones Generales
- Ingresa a Paraguay al menos una vez cada 12 meses como residente temporal para evitar posibles complicaciones.
- El cumplimiento de la Ley N° 6984/2022 es crucial.
- Las resoluciones aclaran la ley, pero la interpretación puede cambiar con referencia directa a la ley N° 6984/2022 siendo superior.
Consejo: La entrada anual actúa como “seguro” contra futuros cambios en la interpretación.
Resumen
- Resolución N° 1249/2024 → eliminó el requisito de probar entrada/salida → reemplazada por la Resolución 124/2025.
- Resolución 124/2025 → sin requisitos adicionales; aclara categorías de solvencia económica, no especifica nada sobre datos de cruces fronterizos.
- Ley N° 6984/2022 → superior a las resoluciones.
- Registro de movimientos migratorios → no requerido, pero la institución tiene acceso interno.
- Recomendación → se recomienda que los residentes temporales ingresen a Paraguay anualmente.
Nuestra Perspectiva
- La Resolución 124/2025 no menciona entrada/salida, y migraciones no ha confirmado ningún cambio.
- Existe un “vacío”, lo que significa que la interpretación podría cambiar.
- Para tranquilidad:
- Residentes temporales: Ingresa a Paraguay al menos una vez cada 365 días para garantizar una transición fluida a la residencia permanente sin importar la interpretación.
- Residentes permanentes: Las reglas de la Ley 6984/2022 permanecen sin cambios (no estar fuera de Paraguay por más de 3 años).
Impacto si cambian las reglas: potencialmente significativo, ya que la residencia permanente podría retrasarse (opción de renovar la residencia temporal) a menos que la ausencia esté justificada (por ejemplo, hospitalización).
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